Restitución internacional de niños sacados de su pais de origen ilegítimamente
por Dra. María Paula Vetrugno


Fuente:: http://www.mdzol.com/mdz/nota/53787

En los últimos tiempos se observa en el plano internacional un incremento en el “secuestro” de niños (llamándole así al traslado ilícito de menores) por parte de quien no ejerce su guarda legal. Esta situación victimiza aun mas a estos menores, que desde ya se encuentran viviendo alguna situación conflictiva en el plano familiar.

Cabe preguntarse ¿Cuáles son las razones de este incremento? Por un lado existe un mayor desplazamiento internacional de personas, gracias a la tan mentada globalización. A esto debemos sumarle un menor control aduanero fronterizo, motivado por el reforzamiento de lazos de integración entre países (tales como en el caso del MERCOSUR) y un tema de relevancia es el de la llamada “familia internacional” en sus dos formas: aquella multicultural formada por padres de etnias o religiones distintas, donde uno de ellos es de otro país, como la Familia de Inmigrantes donde toda la familia se traslada a otro estado en busca de una mejor calidad de vida –situación muy común en los países latinoamericanos.

Estos comportamientos sociales demuestran que el ejido social ha cambiado.

Normativa aplicable en estos casos:

La Convención Internacional de La Haya (CLH) trata de manera concreta los Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; así como la Convención de los Derechos del Niño.

En su Articulo Tercero la CLH tipifica el traslado licito y el ilícito de menores, llamando a este ultimo como “indebido” ya que se estaría violando el derecho de custodia de los niños, que cuentan con una tenencia o guarda otorgada judicialmente.

Residencia habitual: este tema cobra relevancia trascendental, toda vez que se diferencia claramente del Domicilio –como concepto meramente jurídico- ya que es la que marca el principio de juez natural y aplicación de la ley de origen.

La Residencia Habitual es un concepto omnicomprensivo toda vez que se refiere al lugar donde el niño se desarrolla, donde se encuentran sus vivencias cotidianas, donde se encuentra el centro de su vida. En la Convención de los Derechos del Niño se advierte que “el niño tiene derecho a que se le respete su residencia habitual”.

¿Cuándo la retención de un menor deja de ser ilícita?

La CLH establece en su articulo trece una serie de excepciones al principio de restitución de menores en la problemática planteada. Las misma son de interpretación restrictiva, por lo que su aplicación se torna bastante dificultosa en la práctica.

Estas excepciones se dan cuando el Estado requerido no está obligado a la restitución del niño si se acreditan diversos extremos legales tales como que haya transcurrido mas de un año de residencia en dicho país, por lo que se presume que se ha integrado al nuevo estado donde vive.

También cuando el legitimado para solicitar la restitución no es tal (por ejemplo, si los abuelos intentaran esta entrega) o cuando exista un “grave riesgo” en la entrega. Esta gravedad no esta dada en el otro progenitor que solicita a su hijo, sino que se trata mas bien de los problemas internos del país requirente –recordemos el caso del Balserito Brian de Cuba.

Otro tema que se evalúa es el grado de madurez de los niños, por lo que en todos los casos se debe los escuchar a fin de captar cual es su voluntad.

La protección de la minoridad ha cambiado Los niños ya no son objeto de derechos sino sujetos de derechos, por lo que las leyes deben ser puestas a su alcance para favorecerlos y los estados deben ratificar los convenios internacionales en pos de esta tutela.

¿Cuáles son los derechos vulnerados cuando se priva al otro padre del derecho de estar con su hijo?

En primer lugar el interés superior de los niños, que en atención al mismo se los debe proteger, pero de manera terminante se violan las instituciones jurídicas, tales como la patria potestad.

La finalidad de la convención de la haya esta dada en su articulo primero que no es mas ni menos que la restitución inmediata de manera de otorgar estabilidad de los niños retenidos indebidamente por alguno de sus progenitores y sacados de su lugar de origen.

En esta Inmediatez se tiene al factor tiempo como fundamental, ya que se trata de evitar las nefastas consecuencias que se producen en el chico por estas retenciones indebidas.

Esta Convención ha dotado a los países que la han ratificado de un mecanismo de entrega eficaz de menores sacados ilegítimamente. Si esta entrega se demora por mas de seis semanas el país requirente puede poner en marcha la entrega compulsiva de estos niños.

Derecho de visitas

Todo un capitulo de la Convención de la Haya se refiere al Régimen de Visitas del progenitor no conviviente con el niño.

Pero a esta altura de la temática propuesta debemos preguntarnos ¿Por qué se debe restituir a estos niños sacados de su lugar de origen?

Porque las cuestiones de fondo –como es la Patria Potestad, la Tutela, la Tenencia de los menores- no se dirimen y es el juez natural del país de origen del niño quien debe decidirlas en pos de su interés superior. Este principio del juez natural esta marcado por el de la residencia habitual del menor.

La ley aplicable la marca esta residencia habitual del niño, porque los progenitores buscan cual es el “juez mas benévolo” para que le resuelva el tema. Con esto no se tranza, esta en juego la vida y felicidad de criaturas que son objeto de presiones por parte de sus padres.

La autoridad central en cuestiones de restitución de menores es la Cancillería o el Ministerio de Relaciones Exteriores, según corresponda, de cada país. Estos organismos son los que cuentan –en un marco de cooperación internacional- con los mecanismos y vinculaciones propias para lograr las restituciones.

En el año 1995, en Argentina, se dicto el decreto 891 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, por medio del cual se otorgo un subsidio a los padres requirentes para viajar al exterior en busca de sus hijos. Este precedente lo marco el Caso Oswald de este país.

Los temas que quedan pendientes de un análisis internacional: Eficientizar los mecanismos de prevención:

1-Mayor control fronterizo;

2-Desalentar a aquellos padres que buscan la “justicia más benévola”;

3-Concienciar a los padres del daño que se les causa a los niños;

4-Poner mayor atención en las autorizaciones para viajar que se le concede a los menores, las que deben contener premisas claras y datos precisos en cuanto al país que viajen los chicos así como con respecto al tiempo en que no estarán fuera de su residencia habitual.
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Su pareja se llevó a su hijo a Chile y lo recuperó un año después

20 de Junio de 2008 |21:19
por Ignacio de la Rosa


Un hombre de 31 años se reencontró hace una semana con su pequeño hijo, de 4. En marzo del 2007, su concubina decidió irse hacia al vecino país y se llevó al niño oculto entre varias frazadas, avisándole al padre una vez que llegaron allá. "Es muy grave que del lado argentino el control aduanero sea tan malo”, expresó preocupado.

Gustavo Benegas (31) y su madre, Pocha Guidolín, lograron por fin alcanzar la meta por la que tanto lucharon durante casi un año y medio. Luego de varias de idas y vueltas judiciales, de trámites que parecían interminables y de mover tierra y cielo, sin perder la esperanza ni la motivación en ningún momento, lograron reencontrarse con el hijo de Gustavo, un niño de cuatro años cuya madre –ex pareja de Benegas- había llevado consigo a Chile, pasándolo en un colectivo de forma clandestina.

El reencuentro entre el niño y su padre se produjo el lunes 9, luego de que Benegas viajara al vecino país, a la región de Antofagasta –donde se encontraba la mujer con el niño-. Allí se reunió con Roxana Saavedra (22), su ex pareja, y el menor, a quienes había visto por última vez en marzo del 2007, cuando la mujer se fue de casa sin previo aviso y recién se lo notificó por teléfono desde Antofagasta.

“Ella no puso trabas, porque sabía que no estaba en condiciones de mantenerlo. Y yo le dije que acá al niño, mientras esté conmigo, nunca le iba a faltar ni a pasar nada”, explicó Benegas, destacando que la joven en ningún momento se rehusó a que padre e hijo vuelvan a Mendoza.

Tanto Paula Vetrugno, la abogada que acompañó a Benegas y a su familia durante esta odisea judicial y procesal, como el padre destacaron que el niño llegó a Argentina mal alimentado y con las defensas bajas. “Eso muestra las penurias por las que ha pasado ese chico”, destacó Benegas, quien –emocionado- agregó: “Nunca perdí la esperanza. Yo sabía que lo iba a traer, por eso me fui para allá”, explicó Benegas.

Burlaron los controles

Benegas, Saavedra y su pequeño hijo –cuya identidad se mantiene en reserva por tratarse de un menor de edad- convivieron varios años juntos en la casa de los padres del hombre, una humilde vivienda ubicada en la zona del Puente de Hierro, en Guaymallén. Así hasta una tarde de marzo del año pasado.

“Yo llegué de trabajar y ellos no estaban. Esa misma noche me llamó desde Antofagasta y me dijo que me quede tranquilo, que los dos estaban allá. Yo estaba desesperado”, explicó el hombre, quien destacó que no habían mantenido ninguna pelea ni nada, aunque sostuvo que él ya había advertido a la Justicia de que ella podría llegar a escaparse con el niño. “La madre de ella (que vive allá) le ofreció el mundo, y por eso se fue”, explicó Benegas a MDZ.

Sin embargo, lo que más le llama la atención tanto al hombre como a la abogada, es la facilidad con la que Saavedra pudo ocultar al niño de los despachantes de aduana. Es que, según explicó Vetrugno, el niño viajaba en el mismo colectivo que su madre y pasó oculto entre frazadas, ya que para poder llevarlo legalmente necesitaba la autorización del padre y la madre.

“Para poder volver yo tuve que estar como una semana en Santiago y, un poco más, me sacan sangre antes de cruzar. Y ella pudo pasarlo como si nada. Es muy grave que del lado argentino el control aduanero sea tan malo”, manifestó preocupado el padre del chico.

El camino a la restitución

Desde el mismo momento en que la mujer se comunicó con el, Benegas dio inicio a todas las acciones legales y procesales pertinentes para poder recuperar al niño.

Patrocinado por Vetrugno, en marzo del año pasado se presentaron ante el Quinto Juzgado de Familia –a cargo de la jueza Elsa Galera- y solicitaron el reintegro de la criatura. El fallo de la jueza –haciendo lugar al pedido de Benegas- salió en julio, y allí comenzó la parte más estancada del proceso.

Es que del juzgado, la sentencia fue derivada al Departamento Cooperativo Internacional (Deci), encargado –en la figura del juez de Paz, Roberto Stocco- de derivar la resolución a la cancillería y de aquí a la Justicia chilena para que se cumpla el fallo de la jueza. Pero esto nunca sucedió, y la desesperación de Benegas pudo más.

El pasado lunes 2, el hombre decidió ir por su cuenta hasta Chile en búsqueda del menor, llevando una copia certificada de la resolución de la jueza Galera. Y cuando los encontró a ambos, el hombre le presentó a Saavedra –que está embarazada- la copia de la resolución, por lo que la mujer decidió no interponerse ni hacerla difícil.

El martes pasado, padre e hijo volvieron a Mendoza y ahora ambos viven en su humilde vivienda de Guaymallén, junto a los padres de Benegas, quienes en ningún momento dejaron solo a su hijo en la lucha de la que salieron victoriosos.
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NOTA de www.serpadre.org.ar

Los abuelos del padre salieron victoriosos, pero el niño debe estar muy triste, primero perdió a su papá y ahora a su mamá. Ojalá los adultos entiendan que deben privilegiar el interes del niño y no sus historias de amores y desamores. Lo mejor para un hijo es tener a ambos padres, para crecer alegre y equilibrado. La victoria para el niño será no perder el vínculo, ni el afecto con ninguno de sus progenitores.